«Se desestima la prórroga solicitada», indicó la Corte en el fallo en el que subrayó que la cuestión se encuentra en trámite ante la Cámara Civil y Comercial Federal.
«Esa petición es inadmisible pues al tratarse de un planteo que, ante la resolución denegatoria dictada por el juez de primera instancia, se encuentra en trámite en el tribunal de alzada competente con motivo de la apelación promovida por las peticionarias, su consideración no corresponde a la jurisdicción apelada ni originaria de esta Corte. Por ello, se desestima la prórroga solicitada», indica el fallo.
El máximo tribunal indicó que la propia Corte Suprema fijó un plazo de la vigencia de la medida cautelar, que vence el próximo 7 de diciembre, y señaló que es la Sala I de la Cámara Civil y Comercial Federal la que debe expedirse sobre la vigencia de dicha medida.
La Corte dictó ayer una resolución en la que exhortó al juez de primera instancia dictar sentencia definitiva sobre la constitucionalidad del artículo 161 de la ley de medios, sobre la cláusula de la desinversión.
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