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Se modificó la Ley del Tribunal de Cuentas

La Legislatura sancionó la modificación la Ley Provincial Nº 50. A partir de que se promulgue no habrá control pervio en los actos administrativos que determinen la intervención de fondos públicos

(Río Grande, 19 de abril de 2012) – El Parlamento sustituyó el segundo artículo de la norma provincial referido al control preventivo de legalidad y financiero respecto de los actos administrativos que determinen la intervención de fondos públicos. Aun asi, dispone que “en ningún caso, la inexistencia de control preventivo obstará el control posterior”.

Al momento de fundamentar la iniciativa emanada desde el PSP, Fabio Marinello dijo que “ésta modificación lo que hace es poder garantizar que el 100% de los actos administrativos van a ser controlados, en cualquier condición y sin ningún tipo de obstáculo”.

“También permite agilizar la operatoria de la Administración cuando existieran urgencias, de modo que el Tribunal de Cuenta con criterios de auditoria pueda dejar para un control posterior el examen y análisis que puedan venir por una situación de emergencia” sostuvo.