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Fallo de la Cámara Federal

Melella celebró el dictamen judicial que respalda la cautelar contra tarifazo en el gas

La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia convalidó una medida cautelar interina de la jueza de Río Grande. Los jueces resaltaron el “carácter humanitario” del servicio. Melella encabezó el reclamo contra el aumento desmedido.

El Gobernador Gustavo Melella destacó la resolución de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Federal de rechazar el recurso de queja presentado desde el Gobierno nacional en contra de la medida cautelar interina que se dispuso desde el Juzgado Federal en Río Grande, como respuesta al recurso de amparo colectivo que fuera presentado ante el desmedido aumento en la tarifa de gas en nuestra provincia.

La Cámara comodorense confirmó una medida cautelar interina que suspendió el aumento de la tarifa de gas para la provincia de Tierra del Fuego al considerar, entre otros argumentos, que ese servicio “reviste primordial carácter humanitario en procura de la protección de la población” en una zona como la del sur del país. El tribunal ratificó un fallo de la jueza federal de Río Grande Mariel Borruto que suspendió los efectos del incremento del servicio hasta que se analice la cuestión de fondo.

 “De esta manera, la iniciativa que llevó el respaldo de miles de vecinos y diversas instituciones sociales, políticas, sindicales, sigue su curso y mientras tanto la empresa Camuzzi Gas del Sur debe abstenerse de cortar o suspender el servicio de gas a los usuarios fueguinos por falta de pago”, recordó el Gobernador Melella a través de sus redes sociales.

Cabe mencionar que el pasado 23 de mayo, el Gobernador Gustavo Melella encabezó la presentación de un recurso de amparo colectivo ante la Justicia Federal en Río Grande para revertir las subas excesivas en las tarifas de gas en Tierra del Fuego.

El recurso estuvo acompañado por los tres Intendentes fueguinos; diputados y senadores nacionales por Tierra del Fuego; Legisladores, Concejales, así como el acompañamiento del sector comercial, instituciones civiles; deportivas, sindicales y ONGs, entre otros; además de miles de firmas de vecinos y vecinas.

Como respuesta, desde la jueza Federal en Río Grande, doctora Mariel Borruto, dictó una cautelar interina que implicó que si algún usuario no puede pagar la tarifa con los aumentos, en algunos casos superiores al 1000%, la empresa Camuzzi Gas del Sur debe abstenerse de cortar o restringir el servicio.

Ante esto, el Gobierno nacional a través de la Secretaría de Energía y el Ministerio de Economía, presentó un recurso de queja que finalmente fue rechazado en la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia. Por lo tanto, la medida cautelar interina se sostiene hasta que se resuelva la cuestión referida al amparo colectivo impulsado por el Gobernador Gustavo Melella.

El fallo de la Cámara

El fallo de la Dra. Borruto, quien dio curso al amparo y prohibió a Camuzzi disponer cortes en el servicio por incumplimiento en el pago de las facturas cuestionadas, fue apelado y este jueves resolvieron los jueces de la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia, Javier Leal de Ibarra y Aldo Suárez, que ratificaron la decisión.

“Advertimos que la Resolución 41/2024 de la Secretaría de Energía permitió que los precios del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) fueran nominados en dólares estadounidenses (USD) y trasladados a los usuarios finales por períodos: del 1 al 30 de abril; del 1 de mayo al 30 de septiembre, y del 1 de octubre al 31 de diciembre del corriente año”, señalaron los magistrados.

A eso agregaron que las facturas que se aportaron a la causa judicial marcan que “las variaciones de la facturación sufrieron un aumento exponencial, pese a no verificarse un mayor consumo”. Sobre ese punto los camaristas agregaron que esa circunstancia “podría poner en peligro la continuidad del servicio, que podría verse interrumpido por falta de pago, tratándose del suministro de un servicio esencial que, incluso ha sido reconocido como derecho humano y no simple mercadería”.

La Cámara consideró el gas como un servicio esencial para una zona del país como Tierra del Fuego y que la suspensión del servicio se da en una medida cautelar interina que tiene vigencia hasta que se resuelva el fondo del reclamo, por lo que su vigencia no es permanente. Si podría serlo si la justicia considera inconstitucional el incremento que es el pedido que hizo el gobierno de la provincia en la causa judicial.

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