La Justicia de Tierra del Fuego declaró prescripta la causa contra el hombre que en 2000 mató a balazos a su esposa embarazada, fue condenado pero después se escapó de la cárcel y se mantuvo 22 años prófugo hasta que en octubre pasado se entregó para reclamar lo que ahora se resolvió, informaron hoy fuentes judiciales.
La decisión fue adoptada en un fallo de la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones de Río Grande y, de esta forma, Ramón Ángel Abregú (70) lograría la impunidad de su crimen y podría quedar libre, aunque esta resolución ahora fue apelada en una última instancia ante el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia.
El caso es controvertido porque Abregú cometió el femicidio el 23 de enero de 2000, cuando ingresó a un consultorio de la clínica fueguina Cemep, en la zona de Chacra II, en Río Grande y disparó en cuatro oportunidades contra el cuerpo de su expareja, Eva Azulina Falcón, quien se encontraba embarazada.
El homicida fue detenido de inmediato y condenado a 20 años de cárcel en septiembre de ese mismo año, pero el 15 de febrero de 2001 logró fugarse de un establecimiento penitenciario ubicado en el barrio Margen Sur y, desde entonces, se mantuvo prófugo de la Justicia.
Recién 22 años después, el 17 de octubre del año pasado, Abregú se presentó de forma espontánea en Tierra del Fuego, quedó detenido y a través de su abogado (el fallecido Alejandro de la Riva) solicitó la prescripción de la causa.
Sin embargo, los jueces del Tribunal de Juicio en lo Criminal de Río Grande, Eduardo López y Juan José Varela, resolvieron a fines del año pasado que el caso no estaba prescripto, y que el hombre debía continuar cumpliendo la pena por el homicidio hasta septiembre de 2042.
Esa resolución fue recurrida por la defensa de Abregú y fue la Cámara de Apelaciones la que decidió en los últimos días revocar lo resuelto por el Tribunal de Juicio y declarar la prescripción.
De todas maneras, ese pronunciamiento no se encuentra firme porque, según adelantaron fuentes judiciales, el fiscal mayor de Río Grande, Martín Bramatti, acudió “en casación” ante el Superior Tribunal para lograr una postura definitiva sobre el caso.
La opinión del Fiscal
Según Bramatti, la sentencia contra Abregú a 20 años de cárcel no estaba firme al momento de su fuga -restaba un pronunciamiento de la Corte-, y por lo tanto, al no haber podido ser notificado de la condena, tampoco se pudo comenzar a contar el período de la prescripción.
Además, el fiscal postula que Abregú cometió un nuevo delito al fugarse en 2001, ilícito que se siguió cometiendo hasta el momento en que se entregó a las autoridades, por lo que tampoco se encuentra prescripto.
“La decisión de la Cámara busca seguridad jurídica, pero nosotros lo que procuramos es buscar justicia”, argumentó Bramatti, y les pidió a los jueces que tengan en cuenta los derechos de los familiares de la víctima.
Al momento del juzgamiento de Abregú, el paradigma judicial no contemplaba la visión de género respecto del homicidio en perjuicio de una mujer mediando una situación de violencia, y tampoco se consideró el agravante por el vínculo entre el victimario y la víctima.
Es por ello, además, que el asesino no fue condenado por «femicidio» sino por «homicidio simple».
El crimen de Eva Falcón produjo en su momento una gran conmoción social en la ciudad.
Los investigadores determinaron que por esos días Abregú estaba provisoriamente separado de su mujer, pero que en las semanas previas al crimen se había acercado a ella con la supuesta intención de reconciliarse.
El día del hecho, Abregú acudió al domicilio de Falcón y la atacó con un arma calibre 9 milímetros.
La mujer, embarazada de siete meses, logró escapar con una herida y se refugió en la sala de guardia de la clínica Cemep, donde su agresor la alcanzó y la remató con cuatro disparos más, según se probó en el juicio oral.
El pronunciamiento de la Cámara de Apelaciones es un paso hacia la impunidad y la más absoluta injusticia, , que se espera sea revertido por el Superior Tribunal.
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