Las autoridades advirtieron que se deberán considerar mínimamente los siguientes puntos de forma previa a realizar cualquier tipo de inversión:
- Verificar que la persona que venda el terreno sea la dueña (DNI).
- Verificar que la persona que le venda el terreno tenga el título de propiedad a su nombre inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble (Moyano N° 780 CP:9420) y que los datos sean los que correspondan al terreno (siempre solicitar número de partida inmobiliaria).
- Verificar que el lote posea servicios (está prohibida la venta de lotes sin servicios, O.M. N° 2863/11).
- Evitar ofertas poco realistas (ventas por redes sociales, carteles en la vía pública, precios ínfimos, etc.).
- Tener en cuenta los usos para los que piensa el terreno (comercio, viviendas en altura, galpón, etc.), dado que en la zona podría no estar permitido por el Código de Desarrollo Territorial (O.M. N° 2863/11).
Tenga en cuenta que tener un boleto de compraventa a su nombre como comprador no lo convierte en propietario, pero sí tiene consecuencias jurídicas entre las partes (contrato entre privados). La compraventa de un bien inmueble debe hacerse necesariamente por escritura pública.
Podrán solicitar información útil en la Subsecretaría de Hábitat y Ordenamiento Territorial (Dirección de Desarrollo Urbano y Dirección de Catastro) sito en 9 de Julio N° 601 (CP:9420) de lunes a viernes, desde las 09:00 hasta las 16:00 horas, o remitir su consulta al siguiente correo: subsec.habitat@riogrande.gob.ar
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