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Veto a ley que modificaba base tributaria a la comercialización de vehículos usados

El objetivo del veto, fue el de mantener la igualdad de trato entre los contribuyentes en similares condiciones, señaló el secretario de Ingresos Públicos de la Provincia, Cristian Durrieu.

(Río Grande, 10 enero de 2012)  La gobernadora Fabiana Ríos determinó vetar totalmente el proyecto de ley que establecía la sustitución del artículo 117 de la ley provincial Nro. 439 (Código Fiscal), sancionado por la Legislatura en la sesión extraordinaria del pasado 21 de diciembre.

La reforma al citado artículo señalaba que “En el caso de comercialización de bienes usados adquiridos para su posterior venta o recibo como parte de pago de unidades nuevas o usadas, la base imponible será la diferencia entre su precio de venta y el monto que se hubiere atribuido en oportunidad de recepción”.

“El objetivo del veto, fue el de mantener la igualdad de trato entre los contribuyentes en similares condiciones”, señaló el secretario de Ingresos Públicos de la Provincia, Cristian Durrieu.

De no vetarse la ley, “se hubiera permitido que quienes adquieren vehículos usados para la posterior venta, declaren el Impuesto sobre los Ingresos Brutos sobre una base imponible conformada por la diferencia entre el precio de compra y el de venta, creando así una excepción a la regla general de que este impuesto recae sobre el monto total de la operación y desvirtuando de esa manera la naturaleza del tributo”, explicó el funcionario.

Tras haber dado intervención al Servicio Jurídico de la Dirección General de Rentas y a la Secretaría Legal y Técnica, la Gobernadora decidió vetar el proyecto, habida cuenta de que el mismo “podría dar lugar a planteos de inconstitucionalidad en virtud de atentar contra el principio de igualdad establecido por la Constitución Nacional en su artículo 16” según reza uno de los considerandos del decreto 49/12.