(Río Grande, 28 de diciembre de 2011) – La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó un reclamo presentado por la ex Dirección General Impositiva (hoy AFIP), que pretendía cobrar IVA sobre los intereses de un préstamo tomado por la Provincia en el año 1999.
El crédito por alrededor de 10 millones de dólares había sido otorgado por el Banco de Valores, y aprobado por las leyes provinciales 278 y 314.
Ante el reclamo de la entonces DGI, la Provincia contrapuso que el artículo 1 de la ley 19640 “exime del pago de todo impuesto nacional por hechos, actividades u operaciones que se realicen en el Territorio Nacional de Tierra del Fuego”, siempre y cuando “el destino de los fondos sean invertidos totalmente en la Provincia”, según la nota cursada en aquel momento por el contador Ernesto Bonomi al gerente de Mercado de Capitales del Banco de Valores, Jorge Sáez.
Luego de 12 años de haber transitado por todas las instancias judiciales la Corte puso fin a la causa, eximiendo así a la Provincia de una erogación superior al millón de pesos, a la vez que sienta un precedente para el caso de existir similares demandas.