(Río Grande, 5 de diciembre de 2011) – Walter Agüero, ex presidente del IPRA en la gestión de Carlos Manfredotti fue condenado a la pena de 3 años de prisión en suspenso por defraudación a la administración pública. El empresario Daniel Armesto también fue condenado. Los abogados Paderne y Villegas absueltos.
La causa era conocida como la del “Medio Palo” y data del año 2000 cuando Daniel Armesto patrocinado por el Dr. Paderne iniciaron una demanda contra el IPRA por haber mal cobrado canones al casino “Magnun” de Ushuaia y Río Grande.
Concretamente por la manda judicial el organismo debía pagarle a Armesto $ 622.970,24 pero dedujo la suma de $ 36.000 de una deuda que el empresario tenía con el organismo. De esta manera se acordó el pago de $ 586.970,24.
Hasta ahí parecía no haber nada extraño. El caso se judicializó por el propio Armesto cuando denunció a Paderne y Pena de haberle pedido parte de los $ 586.970,24. Según el empresario los abogados le dijeron que 50 mil pesos debían ser destinados al por entonces gobernador Carlos Manfredotti; otros 50 mil para el vicegobernador Daniel Gallo; 30 mil pesos para la jueza de cámara que había convalidado el fallo de primera instancia, María Rosa Ayala. Y finalmente 17 mil pesos supuestamente iban a ser destinados al presidente del IPRA, Walter Agüero.
Si bien Armesto hizo estas manifestaciones en el ámbito de la justicia Penal, el caso nunca comprobó que efectivamente el dinero fuera para pagar al por entonces Gobernador, Vicegobernador y la Jueza de Cámara. Sí quedaron imputados, el propio Armesto, sus abogados Paderne y Pena; el presidente del IPRA, Agüero, y el abogado Pablo Villegas.
Justamente a Villegas se lo acusa de haber emitido el dictamen N° 220/00 mediante el cual, en su condición de asesor Legal del Instituto, aconsejó a Agüero iniciar conversaciones con Armesto para llegar a un convenio de pago extrajudicial, en donde según la Fiscalía, se pactaron intereses discrecionales.
Asimismo en la causa se cuestiona el pago de honorarios a Paderne y Pena por la suma de $ 200.721,02 que resultó, desde la óptica fiscal, perjudicial para el IPRA porque se pagaron intereses que la sentencia judicial nunca había estipulado.
Fuente y foto: Reporte Austral