Los Concejales del ARI Gustavo Longhi y Marisa Montero, presentaron un proyecto de ordenanza que busca limitar el secuestro indiscriminado de vehículos en controles de tránsito en nuestra ciudad.
La ordenanza vigente, reglamentada por decreto del ejecutivo en el año 2002, establece una serie de motivos que autorizan al Municipio a secuestrar un automóvil en un control de tránsito, los cuales a consideración de Longhi y Montero resultan poco razonables y excesivos. En este sentido, Montero manifestó: “La ley nacional de tránsito y Seguridad vial prevé como causal de secuestro casos muy puntuales, en los que el deterioro del vehículo pone en riesgo la seguridad y la vida de las personas, o cuando se obstruye el tránsito de manera que haya que remover la unidad para restablecer la libre circulación. En todos los demás casos, la retención es preventiva mientras se labran las actas de infracción, y luego el automóvil puede seguir circulando conducido por una persona debidamente habilitada. Hoy vemos que en la ciudad los agentes de tránsito proceden al secuestro ante la mínima infracción, algo que es desproporcionado y arbitrario.
No estamos en contra de las multas ni de los controles, muy por el contrario, nos parece que esto es necesario, pero no podemos avanzar sobre los derechos de propiedad de los ciudadanos y dejar esta responsabilidad a los agentes de tránsito, sin otro fundamento legal que un decreto municipal que habilita a secuestrar vehículos ante cualquier situación. Lo que buscamos con este proyecto es poner racionalidad a las acciones del estado municipal, estableciendo criterios objetivos y legales para el secuestro de un automóvil de acuerdo a la ley nacional, sin que esto signifique una reducción de las penas y multas correspondientes ante una infracción. Me parece que el estado debe poner todo su esfuerzo en el aspecto preventivo en lo que concierne a tránsito, y debo reconocer que en este sentido se han dado pasos importantes, aunque todavía hay mucho por hacer. El aspecto represivo es un paso posterior, para casos puntuales, de los cuales solo los más extremos requieren la retención del vehículo. Esto es lo que planteamos en la modificación que pretendemos llevar adelante.”