La Caja de Previsión Social aprobó por Directorio un mecanismo extraordinario que permitirá aplicar de manera provisoria las movilidades jubilatorias informadas por los organismos empleadores que han informado variaciones salariales en el transcurso de los últimos meses, las cuales serán abonadas por boleta complementaria al sector pasivo, cuya fecha será informada a la brevedad.
Cabe destacar que la medida adoptada por el Presidente de la Caja de Previsión Social Leonardo Gómez y los Vocales convocados en Reunión Extraordinaria realizada este miércoles 10 de marzo, se encuadra dentro del cumplimiento de la Ley 1285 y la necesidad por parte del Directorio de la CPSPTF de resolver con celeridad aquellos trámites vinculados a las movilidades que se encontraban pendientes.
Los beneficiarios comprendidos dentro de esta medida extraordinaria son los referenciados a los escalafones que a continuación se detallan: INFUETUR/ NOVIEMBRE /2020. Funcionarios/ NOVIEMBRE/2020. EPU/ NOVIEMBRE /2020. EPU/ ENERO/ 2021. Puerto/ SEPTIEMBRE/ 2020. DPE/ NOVIEMBRE/ 2020.Municipalidad RG/ FEBRERO/ 2021.AREF/ NOVIEMBRE/ 2020. AREF/ FEBRERO /2021.STJ/ FEBRERO/ 2021. CPSPTF/ ENERO/ 2021. IPRA/ DICIEMBRE/ 2020. DPOSS /NOVIEMBRE /2020. DPOSS/DICIEMBRE/2020. Policía Civil/ DICIEMBRE /2020. Húmedos/ DICIEMBRE/ 2020. Húmedos/ ENERO/ 2021. Húmedos/FEBRERO/ 2021.
Se aclaró que el pago por boleta complementaria comprende el retroactivo al mes correspondiente de aplicación.
En relación a aquellos organismos que no se encuentran dentro del listado anteriormente detallado, es importante aclarar que la CPSPTF se encuentra gestionando con dichos organismos la subsanación de errores que fueron detectados por el personal técnico previsional de la Caja.
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