La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica ( ANMAT) prohibió la comercialización y distribución en todo el territorio nacional de una marca de dulces y jaleas por no cumplir con los requisitos alimenticios.
Según la disposición 2011/2020 publicada en el Boletín Oficial, se trata de la “Mermelada de Arándanos, libre de gluten” y de la “Mermelada de Pera light, sin azúcar agregada” de la marca La Tranquilina, y todos aquellos productos que consignen en su rótulo el Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) con el número 16006087.
Debieron ser sacadas de circulación porque se trataba de alimentos que “no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara cómo eran producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado”, expresó el comunicado. En consecuencia, para proteger la salud de posibles consumidores, tuvieron que ser clasificados como artículos “ilegales”.
El producto retirado.
En su envase, las mermeladas contaban con el símbolo correspondiente a Alimento Libre de Gluten, pero, por medio de un análisis de laboratorio, se determinó que contienen un tipo de conservante (Sorbato de Potasio) no declarado en la lista de ingredientes. “Se trata de un producto adulterado”, advirtieron.
La ANMAT (disposición 2012/2020) también prohibió la venta en todo el país de la “Crema helada sabor frutilla, vainilla y chocolate – Postre Tricolor” de ocho porciones de la marca Great Value. Los lotes afectados son el “QLT1 L” con fecha de vencimiento el 12/12/2021 y el “QLT1 L” correspondiente al 31/12/2021.
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