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La ANMAT prohibió un aceite de oliva y una cerveza artesanal

Los productos no estaban registrados, por lo que se trata de alimentos ilegales.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología médica (ANMAT) prohibió la comercialización de un aceite de oliva, una cerveza artesanal Sin TACC y también un aceite de nuez, nueces riojanas y harina de nuez de una empresa de La Rioja.

En el primer caso, la disposición 664/2018 publicada en el Boletín Oficial prohíbe la comercialización del producto “Aceite de Oliva”, El Federal, RNE N° 0400462, RNPA N° 04052942, elaborado y fraccionado por Fincas de Cruz del Eje, Ruta Nacional N° 38 Km 126.2 Cruz del Eje, Córdoba. La disposición indica que el producto no cumple con la legislación alimentaria vigente. Según la investigación realizada por la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de Córdoba tanto el RNE como el RNPA eran inexistentes. Al carecer de autorizaciones de producto y de establecimiento, y estar falsamente rotulado, el producto resultó ser ilegal, por lo que se prohibió su comercialización en todo el territorio nacional resultando ser en consecuencia ilegal.

 

Cerveza

En cuanto a la cerveza artesanal, la disposición 647/2018 informa que el Departamento de Vigilancia Alimentaria del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) recibió una denuncia respecto del producto : “Cerveza artesanal, Libre de Gluten, marca Club Polskie”, el cual no consigna en su rótulo registros de producto alimenticio ni de establecimiento y presenta el símbolo “SIN TACC” y se encontraba a la venta en el establecimiento Dietética Rojas, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por ello, se solicita a la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que realice una auditoría en el local, a fin de poder determinar la procedencia del producto. Según informa la disposición, se determinó en la investigación que el producto se encuentra en infracción por carecer de autorización de producto y establecimiento, por consignar el símbolo de alimento libre de gluten y estar falsamente rotulado, resultando ser en consecuencia ilegal. Por ello, se procede a su decomiso y se prohíbe su comercialización en todo el territorio nacional.

 

Harina de nuez

Por último, la disposición 668/2018 se refiere a productos de la marca VITA NUSS oriundos de La Rioja, donde se inició la investigación. Según informa el Boletín Oficial, la Dirección de Seguridad Alimentaria de La Rioja inició una investigación por una denuncia por riesgo alimentario de los productos “Aceite de Nuez, RNPA 12005275, RNE 12000768”, “Nueces Riojanas, RNPA 12005250, RNE 2000766, Sin TACC” y “Harina de Nuez, RNE 2000766”, todos ellos marca VITA NUSS.

Sobre los productos, indica que el “Aceite de Nuez” fue registrado en el 2007, con el RNPA N° 12005275 indicado, pero no coincide la marca y además exhibe el RNE 12000768, que es inexistente. En cuanto a las “Nueces Riojanas”, fueron habilitadas en el año 2007, con RNPA N° 12005250 para la marca Nogales SRL y exhibe el RNE N° 2000766, otorgado ese mismo año a la firma Nogales SRL, y tanto el RNE como el RNPA se encuentran vencidos y la marca VITA NUSS no está registrada.

Por último, determinan que la “Harina de Nuez” no está habilitada, no exhibe ningún RNPA, exhibe el RNE N° 2000766, el cual es inexistente.

Por carecer de autorización de producto y de establecimiento, estar falsamente rotulados resultan ser ilegales, dice la disposición. Además, en el caso de las nueces, tienen rótulo de libre de gluten pero no están registradas como tal.

Por ello, la ANMAT prohibió la comercialización de estos tres productos en todo el territorio nacional.

 

(Clarín)

 

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