La novela diplomática del verano puede terminar en un remate judicial sin precedentes, con más cien autos de lujo al alcance del mejor postor, y una recaudación millonaria que será bien recibida por Cristina Akmentis, la administradora de la Corte Suprema de Justicia. Sin embargo, esa chance no es inexorable, como se difundió en los últimos días: una variante menos espectacular, pero tan probable como aquélla, es que los responsables terminen pagando multas y los ricos y famosos sigan al comando de sus coches Hummer, Lamborghini o Porsche.
Hasta ahora, el juez Marcelo Aguinsky autorizó a que los actuales dueñosutilicen los autos en calidad de «depositarios judiciales» y siempre y cuando contraten un seguro contra todo riesgo a nombre del Estado.
Aun siendo una decisión provisoria, ya levantó polémica. El magistrado se inclinó por la mitad de la biblioteca que aconseja «proteger a los actuales tenedores, que gozan del principio de inocencia y que si fueran víctimas de una prohibición injusta después podrían querellar al Estado».
La otra mitad sostiene un argumento que podría expresarse así: «no deberían poder usar los autos, es obvio que si luego hay que rematar, no vale lo mismo una camioneta Hummer con 3 mil de kilometraje, que una con 130 mil».
El destino final de los autos depende de dos investigaciones: la que lleva adelante el juez Aguinsky para determinar la existencia de contrabando y la iniciada por la Aduana para cobrar deudas tributarias e infracciones aduaneras.
Si se prueba el contrabando y que los dueños actuales (por ejemplo, Juan Sebastián Verón o el Chaqueño Palavecino) obraron de mala fe, los autos irán a remate público o subasta a sobre cerrado. Una posibilidad menor es que el Estado los asigne a una repartición pública (artículos 426 y 876 del Código Aduanero).
Si se demuestra que hubo contrabando pero que los actuales dueños de los vehículos actuaron de buena fe, la Justicia intentará en una primera instancia cobrarle a los culpables (que podrían ser los dueños de las concesionarias) los valores estipulados para ese delito (que va de 4 a 20 veces el valor de los coches en el mercado).
Si se declaran insolventes o son sociedades que van a la quiebra, el juez puede hacer «responsable solidario» al titular actual del auto (por ejemplo, Adolfo Cambiasso), porque así lo establece el Código Aduanero para los bienes registrables (artículo 91 de la reglamentación dispuesta al CA por el decreto 1001).
Si la investigación de la Aduana detecta que hay una deuda tributaria, corresponde que pague el importador. Y, otra vez, si éste no paga, la Aduana irá contra los famosos dueños de los coches por responsabilidad solidaria (artículo 783 del Código Aduanero).
Si la Aduana determina que hubo una trasgresión al régimen de franquicias diplomáticas, cobrará una infracción aduanera. La pena es una multa de tres veces el valor en plaza del vehículo. Y otra vez, si el vendedor no hace frente a la deuda, será el titular quien deba desembolsar el dinero. (artículo 982 del CA).
En el escándalo de los años «90, cuando los lujosos vehículos llegaron a los garajes de las celebrities (Susana Giménez, Constancio Vigil, por ejemplo) importados con rebaja de impuestos para discapacitados, todo terminó en remate judicial. Y el entonces presidente Carlos Menem decidió por decreto que los 200 mil dólares recaudados sean utilizados para paliar «las catástrofes meteorológicas que afecten a las provincias».
El actual contrabando diplomático -si es que así lo califica finalmente la Justicia- promete multiplicar varias veces ese número.