La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Bariloche admitió un recurso de un ciudadano que impugnó un fallo del juez civil de primera instancia Santiago Morán. En consecuencia, el tribunal revocó la sentencia apelada y condenó a la firma Volkswagen SA de Ahorro para Fines Determinados y Fiorasi y Corradi a pagar 123 mil pesos, más los intereses, por los daños causados al cliente que había pagado un plan para comprar un vehículo que no recibió.
La sentencia de la Cámara se dictó el 16 de mayo pasado. Los jueces Edgardo Camperi y Carlos Cuellar recordaron que tanto el demandante como la empresa demandada apelaron el fallo de Morán, que había admitido la demanda parcialmente.
Morán había rechazado el reclamo en concepto de daño moral y punitivo contra la empresa y sólo había ordenado que la firma devolviera el dinero que el cliente había depositado cuando intentó licitar el vehículo y el monto de las cuotas abonadas. Se trataba de 52.608 pesos, más intereses.
Camperi consideró que el demandante tenía razón y fundamentó su voto en los parámetros de la ley de Defensa del Consumidor.
Recordó que el demandante se encontraba vinculado con “Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados” mediante una solicitud de adhesión para la adquisición de un Gol base, cuyo valor era de 35.000 pesos (valores de finales de 2013) a pagar en 84 cuotas.
Indicó que el 24 de septiembre de 2013 depositó 23 mil pesos, en concepto de oferta licitación de octubre de 2013.
El 31 de octubre de 2013 “Autoahorro Volkswagen” le remite nota haciéndole saber que por no haber recibido comunicación de su aceptación se da de baja la adjudicación. El 28 de febrero de 2014 la firma comunicó al suscriptor que el fabricante cesaba la fabricación del Gol Power y lo sustituía por el Gol Trend.
En la demanda, el cliente sostuvo que desde la firma le comunicaron que lo pasaban al modelo Gol Trend y que debía abonar una diferencia de 51.000 pesos, en efectivo y de contado.
Cono de sombras
Camperi sostuvo que, según Autoahorro Volkswagen “nunca tuvo conocimiento de la licitación que había realizado el suscriptor del plan, y como éste no formuló aceptación en tiempo y forma al sorteo correspondiente a octubre de 2013 que lo había favorecido, se le dio por decaído su derecho en un todo de acuerdo a los términos de la convención que los vinculara.
“Estas ‘explicaciones’ resultan, a mi manera de ver, difíciles de admitir”, sostuvo el juez. Argumentó que el demandante “al momento de formular su planteo licitatorio había procedido a cancelar la cantidad de 54 cuotas, colocando a disposición de Autoahorro Volkswagen la suma de 23.000 pesos, equivalentes a 40 cuotas, aproximadamente (…) por lo cual había abonado la totalidad del valor de la cosa, dando cumplimiento de manera harto satisfactoria a las obligaciones que la convención colocara sobre su cabeza”.
Advirtió que el “inconveniente” lo hubo constituido la discontinuidad de la fabricación del modelo Gol Power y su sustitución por el modelo Gol Trend, “ingresándose en un cono de sombras en cuanto a la cosa que debía ser entregada…”
“Entendiendo que hubo sido la conducta de las demandadas las responsables de la frustración del negocio pues no hubieron actuado de la manera que correspondía según -reitero- los principios que informan el estatuto del consumidor, ha de responsabilizárseles por los daños ocasionados”, concluyó Camperi.
Por eso, reconoció el reclamo por daño material y punitivo.
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