(Río Grande, 02 de junio de 2011) – El juez Correccional Dr. Juan Pablo Bramatti, en diálogo con Radio Fueguina habló sobre la ley de flagrancia indicando que “este nuevo procedimiento apunta a reducir los plazos y acotar los trámites de expedientes judiciales hasta el arribo de la sentencia” y agregó “este procedimiento establece como máximo un periodo de cuatro meses para la aplicación de la sentencia”
“La instrucción puede hasta la indagatoria, luego vienen los trámites en la Cámara y el turno de los tribunales de juicio demoraban llegar a una sentencia”, explicó.
Por otra parte el Magistrado dijo “la recolección de la prueba es sencilla, el testimonio de las víctima de los testigos, croquis y es mucho más accesible y fácil porque está la aprehensión in situ” y agregó “esto es una situación procesal, no cambia los punitorios para cada pena”.
“Es para los casos de flagrancia y se utiliza en los delitos culposos, también la pena no debe superar los seis años de presión o reclusión y que no participe un menor de edad”, destacó.
A modo aclaratorio el Juez Bramatti indicó que “Para estos casos la facultad de dirigir la investigación la tienen los fiscales y no en los otros casos que la investigación la lleva adelante el Juez de Instrucción”.