La causa judicial por el crimen de la niña Agustina Varela, ocurrido el 5 de agosto de 2006, se acerca, una vez más, a definiciones claves. Por primera vez y luego de once años de controversia y tres procesos orales, llega a una condena para el único imputado del asesinato -el tío de la menor- Lucas Gabriel Gomez.
Con apenas tres años de edad, la vida de Agustina Varela terminó de manera violenta, con signos de haber sido duramente golpeada (se sospecha que también abusada) y por fallas innumerables en la investigación nunca se llegará a conocer la verdad sobre su muerte, aun cuando se registre alguna condena definitiva.
El viernes pasado se llevó a cabo la audiencia preliminar entre el acusado y los jueces que deberán dictarle una condena a prisión de entre 8 y 25 años, según lo ordenara el Superior Tribunal, aun cuando dos de ellos lo absolvieron por el beneficio de la duda como conclusión del segundo juicio oral a que fue sometido.
En oportunidad de aquel proceso la querella solicitó 17 años de prisión para Gómez por entender que estaba certificada su culpabilidad. “Hemos demostrado la materialIdad del delito en la persona de Lucas Gómez”, declaró en ese momento a ((La 97)) Radio Fueguina el abogado acusador Francisco Ibarra.
Luego de que el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, integrado por tres jueces subrogantes (Julián de Martino, Ernesto Löffler y Josefa Martín) revirtiera la absolución y ordenara dictar condena a Lucas Gómez, se aprestan para cumplir con ello los magistrados originales Edith Cristiano y Pablo Duarte de Gouvea, junto al juez Sergio Diéguez, quien reemplaza al que fuera apartado, Aníbal Lopez Tilli. No se ha informado aún si se llamará a audiencia oral y pública para dar a conocer el dictamen, o si la cuantía de la pena se informará por escrito a las partes.
Críticas e indignación
Tampoco se ha establecido la fecha para que Gómez conozca la pena que le habrá de caber. Algunas versiones periodísticas adelantaban que el fallo se conocería esta semana, aunque fuentes judiciales no descartaron que ello pudiera suceder después de la Feria Judicial que comienza este lunes 17 de julio.
Lo mismo estimó el abogado defensor de Lucas Gómez, el Dr. Francisco Giménez, quien dialogó en exclusiva con ((La 97)) Radio Fueguina.
Al respecto, el letrado se mostró indignado con la inédita situación, por avizorar que a Gómez “Le impondrán una pena gente (por los jueces) que lo han considerado inocente”.
“No quisiera estar en el asiento de estos magistrados”, sentenció Giménez, en referencia a la complejidad de la causa y a la difícil posición de los jueces que deben cuantificar una condena a Lucas Gómez, pese a haber dictaminado la inocencia del único acusado en la causa.
“Estaremos dando batalla a la Corte Suprema (de Justicia dela Nación) porque es un caso inédito en el país”, adelantó el abogado de Gómez.
Tras revelar entretelones de la audiencia de conocimiento, y las palabras que intercambió el imputado con los jueces que lo condenarán, Giménez se refirió a los inicios de la investigación, plagados de ineptitud, yerros y hasta lo que denominó ·holgazanería· de los funcionarios judiciales.
El crimen de Agustina Varela “No se esclareció por holgazanes, porque nadie se levantó, ningún juez, ningún fiscal se levantó a las seis de la mañana cuando tuvieron noticias del crimen”, deploró el letrado.
Antecedentes
En febrero próximo pasado, el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia declaró la culpabilidad del único imputado, Lucas Gabriel Gómez, en la causa en que se investiga la muerte de la menor Agustina Varela, presuntamente asesinada a golpes el 5 de agosto de 2006.
El Tribunal, integrado por los jueces subrogantes, Dres. Julián de Martino, Ernesto Löffler y Josefa Haydeé Martín, hizo lugar así a los recursos de casación interpuestos por la parte querellante y la fiscalía y, en su mérito, revocó la absolución dictada por el Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Norte a favor de Gómez.
El propio Superior Tribunal, con su integración titular, ya había anulado en 2012 un juicio previo que también terminó en la absolución de Gómez y ordenó llevar a cabo nuevamente el proceso oral. Por ese motivo, los magistrados debieron abstenerse en esta segunda intervención y fueron De Martino, Löffler y Martín en subrogancia quienes dictaron el sorpresivo fallo condenatorio.
Anulando aquella absolución y con severos reproches hacia los integrantes del Tribunal Oral (compuesto por Aníbal López Tilli, Edith Cristiano y Pablo Duarte de Gouvea) los magistrados de Alzada declararon la necesidad de condenar al procesado por considerarlo autor penalmente responsable del delito de homicidio (arts. 45 y 79 del Código Penal).
Violencia de género
De Martino, Löffler y Martín también consideraron probado el maltrato que el imputado ejercía sobre la víctima, al menos desde un corto tiempo atrás, por lo cual encuadró el caso en lo que se denomina “maltrato infantil” y, por ser la víctima una niña, “violencia de género”.
Este último encuadre, el de la violencia de género, no puede ser aplicable al dictar condena, por haber sido tipificado (e integrado el Código Penal) con posterioridad a los hechos que se juzgan.
De tal modo, el Tribunal calificó el hecho como homicidio simple (encuadre jurídico propuesto por los recurrentes) y siguiendo el temperamento fijado en distintos precedentes, dispuso reenviar la causa al Tribunal de Juicio para que fije la pena a tenor de lo normado por los artículos 40 y 41 del Código Penal.
El caso llega ahora a una definición, con el dictado de la condena, aunque de ningún modo significa ello el final en la causa, ya que la defensa del acusado ha advertido que apelará ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
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