crucero
Publicado en
“Territorio británico”

Una empresa turística deberá rectificar su promoción de cruceros a Malvinas

Un fallo de la Justicia porteña determinó que la empresa Cruiseline debe eliminar referencias al Reino Unido en su publicidad para visitar Malvinas y Georgias, y señalar a la Argentina como país de destino.

El Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo N°27 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires resolvió que la empresa turística Cruiseline S.R.L. debe rectificar sus publicaciones y promocionar los viajes en crucero a las Islas Malvinas con la correcta referencia a la República Argentina como país de destino.

El fallo, emitido por el juez Guillermo Patricio Cánepa, responde a una acción judicial por publicidad ilícita y le otorga a la compañía un plazo de cinco días para modificar su contenido publicitario, eliminando cualquier mención al Reino Unido.

El caso se inició a partir de la presentación de los abogados Facundo J. Roitman y Melisa E. Guevara, quienes denunciaron que la empresa promocionaba cruceros a las Islas Malvinas como territorio británico. En su demanda, argumentaron que la publicidad contenía mensajes perjudiciales para la sociedad argentina y que deshonraba la memoria de quienes lucharon por la soberanía de las islas.

Además, sostuvieron que inducía a error a los consumidores, ya que presentaba información incorrecta sobre el destino real del viaje. Según la presentación judicial, las publicaciones en cuestión incluían referencias explícitas al Reino Unido como país de destino y mencionaban «Port Stanley» en lugar de Puerto Argentino, el nombre oficial de la capital de las Islas Malvinas según la legislación argentina.

Asimismo, los denunciantes solicitaron la eliminación inmediata de la publicidad, la publicación de anuncios rectificatorios en los mismos medios donde se difundieron los mensajes erróneos y la notificación a cada consumidor que haya contratado el servicio.

El magistrado rechazó los argumentos de la empresa demandada, que alegó que solo actuaba como intermediaria y no tenía control sobre el contenido de las publicidades. En su resolución, Canepa enfatizó que Cruiseline S.R.L. participa directamente en la cadena de comercialización y, por lo tanto, es responsable de la información que difunde en sus sitios web y plataformas digitales.

Fundamentos

En los fundamentos del fallo, el juez subrayó que la normativa argentina reconoce a las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur como parte integrante del territorio nacional, concretamente de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a pesar de la ocupación británica. Y que la Argentina mantiene un reclamo soberano inalterable sobre la región.

En este sentido, concluyó que la promoción de cruceros que presentan a las islas como británicas es ilegal, ya que contraviene el mandato constitucional y afecta la dignidad del pueblo argentino.

Además, Canepa consideró que la publicidad analizada era engañosa, ya que incluía omisiones e inexactitudes que podían inducir a error a los consumidores sobre los destinos visitados y la ubicación geográfica de los lugares mencionados en la oferta turística. También advirtió que en algunos casos se empleaban imágenes de ciudades que no formaban parte del itinerario de los cruceros, lo que reforzaba el carácter confuso de la información brindada.

Como parte de la sentencia, el juez ordenó a Cruiseline S.R.L. que rectifique todas las publicaciones en cuestión y que, en toda publicidad futura que incluya escalas en las Islas Malvinas, Georgias del Sur o Sándwich del Sur, mencione a la República Argentina como país de destino. Asimismo, dispuso la publicación de un aviso rectificatorio en las plataformas digitales de la empresa y la notificación individual a los clientes que contrataron los servicios turísticos afectados por la controversia.

El fallo refuerza la postura oficial de la Argentina sobre la soberanía de las Islas Malvinas y sienta un precedente en materia de regulación publicitaria, al establecer que las empresas del sector turístico deben ajustar sus mensajes a la normativa vigente y evitar la difusión de información inexacta o engañosa.

Comentarios