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Triple filiación en Bariloche

Una decisión judicial priorizó la identidad y el deseo de tres hermanos

Una jueza de Bariloche reconoció la triple filiación de tres adolescentes, priorizando su identidad y deseos. La decisión incorpora a dos madres y un padre, respetando su realidad familiar.

Una jueza de familia de la ciudad de San Carlos de Bariloche, Río Negro, marcó un precedente al reconocer la triple filiación de tres adolescentes, quienes ahora cuentan legalmente con dos madres y un padre.

El fallo surge de un caso que pone de manifiesto la complejidad de los vínculos familiares y la necesidad de adecuar el marco jurídico a las realidades afectivas de los menores.

La decisión se originó a partir del pedido de los tres adolescentes, quienes solicitaron ser reconocidos legalmente también por la esposa de su padre.

Desde 2017, esta mujer ha desempeñado un papel fundamental en sus vidas, especialmente tras la condena del progenitor, actualmente bajo prisión domiciliaria.

En este contexto, la madre adoptiva inició un proceso de adopción por integración, que encontró la oposición de la madre biológica.

Aunque esta última reconoció que los jóvenes pasaban más tiempo con la mujer, aseguró que mantenía un vínculo cercano con sus hijos, facilitado por la cercanía de sus hogares.

Durante las audiencias, los menores subrayaron la importancia de los roles que ambas mujeres desempeñaban en sus vidas. Expresaron su deseo de incorporar el apellido de la madre adoptiva a sus actas de nacimiento como una forma de reflejar su identidad familiar ampliada. Este pedido se convirtió en un punto central para la resolución del caso.

La jueza resolvió no aplicar el artículo 558 del Código Civil y Comercial, que limita la filiación a dos personas.

En su fallo, argumentó que el derecho a la identidad de los adolescentes debía prevalecer, destacando que “la identidad no se define únicamente desde lo biológico, sino también desde los lazos afectivos y sociales que configuran la vida de una persona”. Esta postura permitió incluir a la madre adoptiva sin desplazar a la madre biológica, estableciendo así una triple filiación.

El fallo también destacó que el sistema jurídico debe reflejar los cambios sociales y culturales en torno al concepto de familia, garantizando la diversidad familiar y los derechos de los adolescentes.

La jueza señaló que la legislación argentina, en consonancia con tratados internacionales, protege la realidad afectiva y emocional de los menores. En este caso, la resolución asegura un entorno que respeta la configuración familiar en la que los jóvenes han crecido.

La sentencia ordenó la inscripción de la triple filiación en las actas de nacimiento de los tres hermanos y autorizó la incorporación del apellido de la madre adoptiva.

Este acto no solo reconoce la estructura familiar de los adolescentes, sino que también sienta un precedente en la protección de los derechos de los menores a vivir plenamente su identidad familiar.

El caso abre un debate sobre la necesidad de adaptar las normativas a las dinámicas contemporáneas de las familias, poniendo en el centro el bienestar y los deseos de los menores.

La resolución en Bariloche es un reflejo del camino hacia una interpretación más amplia y humana de las leyes, en la que primen los lazos afectivos sobre los esquemas tradicionales.

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