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Muerte de Santiago Liquín

La defensa de Sopena pidió la nulidad de la sentencia condenatoria

Conocidos los fundamentos de la condena a Sopena a tres años de prisión e inhabilitación para conducir, su defensa cuestionó tal resolución y confirmó el recurso de casación y nulidad interpuesto ante el Superior Tribunal de Justicia.

En el marco del juicio por la muerte de Santiago Liquín, Germán Sopena fue condenado a tres años de prisión en suspenso e inhabilitación para conducir por cinco años. Sin embargo, su abogado defensor, Dr. Fernando Lapadula, impugnó esa resolución, presentando un recurso de casación y nulidad ante el Superior Tribunal de Justicia.

Lapadula, por ((La 97)) Radio Fueguina, manifestó su desacuerdo con la sentencia desde el inicio, argumentando que la condena debía ser menor. «Nosotros no coincidíamos con una condena, mucho menos de la magnitud de tres años. En cualquiera de los casos, creíamos que la condena tenía que ser menor», señaló el abogado. Además, explicó que no realizaron comentarios previos a la lectura de los fundamentos por considerarlo irresponsable.

El 4 de junio se realizó la lectura de la sentencia, lo que dio inicio al plazo para interponer recursos. «A partir de esa fecha empezó a correr el plazo para la vía recursiva y finalmente interpusimos el recurso de casación y nulidad el día lunes», comentó el Dr. Lapadula.

El abogado defensor de Germán Sopena, Dr. Fernando Lapadula.

El abogado defensor aclaró que, al solicitar la casación de una sentencia, la nulidad suele estar implícita en ese recurso. En su argumentación, subrayó la existencia de fallas significativas en la sentencia, las cuales justifican la nulidad de la misma. «Nosotros entendemos que el Superior va a tener que dictar la nulidad y en cualquiera de los casos, si no resuelve, hacer un reenvío para que se tenga que hacer un nuevo juicio, si así lo disponen», añadió.

Durante el juicio, la defensa de Sopena presentó pruebas que, según Lapadula, justificaban la absolución de su cliente. «Fundamos y explicamos en base a qué prueba entendemos que debía fallar, así es que debía exculpar a Sopena porque se daba un caso de auto puesta en peligro de la víctima», afirmó. Sin embargo, criticó duramente la sentencia por entender que carece de una motivación adecuada. «El fallo carece de absoluta motivación o fundamentos», aseveró, destacando la obligación de los jueces de fundamentar sus decisiones para permitir una adecuada defensa.

Lapadula también se mostró sorprendido por la falta de tratamiento de los argumentos de la defensa en la sentencia. «De cinco cuestiones que nosotros planteamos y expusimos en los alegatos, no trata una», afirmó, calificando la sentencia de arbitraria por esta falta de motivación.

La defensa de Sopena también señaló errores técnicos y materiales en la sentencia, como la transcripción incorrecta de pericias accidentológicas. «Hay errores hasta materiales y técnicos en la sentencia que uno no puede dejar pasar», comentó Lapadula.

Además, cuestionó la falta de pruebas concluyentes sobre la velocidad a la que circulaba Sopena al momento del accidente. «La velocidad a la que iba tampoco está comprobada», explicó, indicando que las pericias presentaron varias posibilidades, algunas de las cuales indicaban que Sopena podría haber circulado a menos de 60 kilómetros por hora. Sin embargo, la sentencia da por probado que lo hacía a una velocidad superior.

En este contexto, la defensa solicitó una audiencia para ampliar los fundamentos de forma oral y pidió que la causa se eleve al Superior Tribunal con los soportes de audio y las pruebas presentadas durante el juicio. «Nosotros pedimos inclusive que la causa se eleve con los soportes de audio y con los alegatos y la prueba producida, para que el Superior vea que se está tratando una cosa distinta a lo que se alegó, a lo que se probó», declaró Lapadula.

Por el momento, la condena a Sopena no está firme, aunque se mantiene la medida cautelar que le prohíbe conducir vehículos. «La condena a Sopena no está firme, hoy no está condenado. Lo que sí hay es una cautelar que está vigente que le prohíbe conducir vehículos», explicó finalmente el Dr. Fernando Lapadula, añadiendo que, en caso de confirmarse la condena, solicitarán que el tiempo de inhabilitación cumplido bajo la medida cautelar sea considerado como parte de la pena.

El proceso de revisión y resolución por parte del Superior Tribunal de Justicia podría llevar varios meses, según estimaciones del abogado defensor, quien confía en que se hará justicia revisando los fundamentos y pruebas del caso.

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