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Río Negro

Condenan a los prefectos involucrados en el asesinato de Rafael Nahuel

Se identificó a Sergio Cavia como el autor del disparo que quitó la vida al joven de 22 años. El abogado querellante expresó disconformidad con el fallo, pero valoró la condena.

Sergio Cavia, identificado como el autor del disparo que le quitó la vida a Rafael Nahuel hace seis años en la comunidad mapuche de Villa Mascardi, fue condenado a cinco años de prisión como responsable de homicidio agravado por uso de arma de fuego, cometido en exceso de legítima defensa.

En tanto que los otros cuatro acusados: Francisco Javier Pintos, Juan Ramón Obregón, Sergio García y Carlos Valentín Sosa, recibieron una condena de cuatro años por haber sido considerados partícipes necesarios del mismo delito.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de General Roca integrado por Alejandro Silva (presidente), Simón Bracco y Pablo Díaz Lacava se expidió por unanimidad y aunque emitió un veredicto de penas de cumplimiento efectivo los ahora condenados Albatros no irán presos hasta que la misma quede firme. Las querellas anticiparon que apelarán la decisión.

«No estamos conformes con el fallo pero valoramos que hubo una condena, el tribunal consideró que los cinco cometieron delito, y hay que recordar que la autoridad política de ese momento había reivindicado su accionar, esa misma persona será la funcionaria del área a partir del 10 de diciembre, de modo que hacían una defensa de cinco delincuentes«, expresó el abogado Mariano Przybylski, querellante de la secretaría de Derechos Humanos.

Las tres querellas participantes del juicio habían solicitaron una condena de prisión perpetua por considerarlos coautores funcionales del delito de homicidio doblemente calificado en concurso ideal con homicidio agravado en grado de tentativa. La familia de Rafael Nahuel, representada por los abogados Rubén Marigo y Ezequiel Palavecino, había solicitado que se incorpore a la causa el agravamiento por «odio racial» y que se considere como un caso de «violencia institucional equiparable al terrorismo de Estado«.

Por su parte, la Fiscalía había requerido cinco años de prisión para cada uno de ellos, por la aplicación del atenuante de «exceso en legítima defensa«, ya que dio por acreditado que en el hecho existió un enfrentamiento con armas de fuego, y que los uniformados, en ese contexto, accionaron protegiéndose aunque más allá de lo que establecen los protocolos de actuación.

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