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Caso Báez Sosa: Cinco perpetuas y 3 rugbiers a 15 años de prisión

Así lo dictaminó el Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de la ciudad de Dolores. Máximo Thomsen se desmayó tras haber sido condenado a perpetua.

Este lunes 6 de febrero, el Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de Dolores condenó a Máximo Thomsen, Enzo Comelli, Matías Benicelli, Ayrton Viollaz, Blas Cinalli, Luciano, Lucas y Ciro Pertossi como culpables del asesinato de Fernando Báez Sosa, cometido el 18 de enero de 2020 frente a la discoteca Le Brique en Villa Gesell.

Thomsen, Ciro Pertossi, Enzo Comelli, Matías Benicelli y Luciano Pertossi fueron recibieron la pena de prisión perpetua por el delito de homicidio doblemente agravado por homicidio premeditación y alevosía en concurso real con lesiones leves.

Ayrton Viollaz, Blas Cinalli y Lucas Pertossi recibieron penas de 15 años de cárcel como partícipes secundarios del mismo delito.

Juan Guarino y T.C, el llamado “rugbier número 11″, menor de edad al momento del hecho, enfrentarán expedientes por falso testimonio tal como pidieron los fiscales acusadores.

Tras la decisión de los magistrados María Claudia Castro, Christian Rabaia y Emiliano Lázzari, el proceso llega a su fin, luego de trece audiencias y 87 testigos, a 3 años y 17 días del hecho.

La lectura tuvo que ser interrumpida luego de los anuncios y la sala fue evacuada. Rosalía Zárate, la madre de Thomsen, pidió un médico luego de que el condenado se descompensara. “Déjenme estar con él”, gritó, en referencia a su hijo. “Saquen a todos los periodistas la puta que lo parió. No me importa más nada”. Así, también fue puesta la transmisión por Youtube, que llegó a 95 mil usuarios.

Luego, la audiencia fue reanudada sin Thomsen, para los últimos detalles.

Termina un caso paradigmático, un hecho que identificó a la sociedad y que lo volvió el expediente más seguido por el público general desde el femicidio de Ángeles Rawson en 2014. La síntesis más lúcida al respecto, de por qué este caso atrapó la atención general, fue realizada por el juez David Mancinelli, el encargado de enviar a prisión a los rugbiers, bajo cuya firma estuvo la instrucción de la causa, a cargo de la fiscal Verónica Zamboni e inicialmente el fiscal Walter Mércuri.

Roles y acciones

Los siguientes son los roles y acciones que el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 1 de Dolores les asignó a los ocho condenados por el crimen de Fernando Báez Sosa en función de distintas pruebas, sobre todo, las imágenes de video, los peritajes y los dichos de testigos presenciales:

«Máximo Pablo Thomsen y Ciro Pertossi estuvieron en todo momento atacando a la víctima», sostuvo la jueza María Claudia Castro en su voto, al que adhirieron los otros magistrados Christian Ariel Rabaia y Emiliano Javier Lázzari.

Sobre estos dos condenados, la jueza resaltó «las pericias de ADN como así también el resultado de la escopométrica en relación al calzado marca Cyclone perteneciente a Thomsen», y que en las «botamangas» del pantalón de Ciro Pertossi «se detectó sangre humana con el patrón genético de Fernando Báez Sosa», lo que los vincula con el hecho, en el que «la mayoría de los golpes que ocasionaron la muerte fueron patadas dirigidas a la cabeza del fallecido».

Para la presidenta del tribunal, «Luciano Pertossi y Enzo Tomás Comelli, inmediatamente del comienzo del ataque, se movilizan desde la parte trasera del auto hacia donde yacía Fernando Báez Sosa, efectuando movimientos de ataque».

Según Castro, «la actividad desplegada por Matías Franco Benicelli en su rol de coautor, se extrae sin esfuerzo (…) habiendo resultado elocuente el hallazgo de sangre en la que se detectó el perfil genético de la víctima en todas las prendas que vestía aquella noche».

La jueza consideró que esta situación «demuestra inequívocamente el contacto directo (de Benicelli) con el cuerpo de Fernando Báez Sosa y que fue uno de los cinco que formó parte de los actos del ataque mortal».

«(…) ha quedado claro mediante pruebas directas y contundentes -testimonios, videos y hallazgos periciales- que cinco de los ocho acusados pusieron mano sobre Fernando Báez Sosa, o bien realizaron una conducta indispensable, una vez que la víctima se encontró rendido y en estado de absoluta indefensión», sostuvo Castro.

Mientras tanto, «los tres restantes tomaron parte en el hecho, pero sus aportes no resultaron esenciales para que la conducta de los coautores pudiera consumarse».

«El imputado Ayrton Michael Viollaz realizó un aporte no esencial en el hecho (dado que) no se corroboró con el grado de certeza que requiere esta etapa, que haya ejercido acciones directas contra Fernando Báez Sosa, o algún aporte de imprescindible relevancia, para posibilitar a los autores concretar su acción criminal», indicó la magistrada en el fallo.

Respecto de Lucas Pertossi, Castro entendió que «su aporte resultó secundario» desde que «no revisitó las características de necesario o imprescindible para la concreción del resultado» y advirtió que «fue quien filmó el inicio del ataque, grabación que dura siete segundos».

«A Blas Cinalli su situación no difiere en lo sustancial, respecto de los otros dos partícipes secundarios», añadió.

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