En el resonante caso de presunto millonario contrabando que se investiga en Río Grande, donde está involucrada la empresa local KMG, que opera bajo el amparo del régimen de promoción, una compañía importadora que justamente importaba materiales de China y una tercera radicada en Delaware, Estados Unidos, que facturaba estos productos, la jueza interviniente en la instrucción, Dra. Mariel Borruto, reveló en diálogo con ((La 97)) Radio Fueguina los avances en la investigación que, dijo, podría llevar un buen tiempo dado lo complejo de la maniobra descubierta.
El delito que se presume es el de contrabando, confirmó la magistrada. Señaló que son maniobras denunciadas por la Aduana que, como juzgado de instrucción, deberá “probar cada uno de los pasos de lo que la Aduana fue denunciando, en algún caso acompañado de documentación, pero en otro caso nosotros tenemos que pedir esa documentación”. En virtud de esto, adelantó que se trata de “una investigación compleja, pero no de las más extensas”.
Mencionó la valiosa colaboración de las autoridades de Aduana, en la ciudad de Buenos Aires, que facilitó toda la documentación requerida. Así como también del BCRA (Banco Central de la República Argentina) que ha respondido eficazmente ante la información solicitada.
Además, fundamentó la decisión de las medidas preventivas que dispuso, como el allanamiento, “porque necesitábamos la prueba inmediata antes que obviamente se entere la firma denunciada”. Concretamente Borruto se posicionó en “etapa de extracción de la información para proceder a una pericia y seguir buscando y probando todo lo que se denunció”.
También habló la jueza sobre la toma de declaraciones testimoniales “muy amplias y explicativas a gente del CEN-TEC (Centro de Desarrollo Tecnológico Tierra del Fuego) para que aclaren exactamente lo que descubrieron, los pasos, las características”.
Asimismo, mencionó que se tomaron testimoniales a los agentes aduaneros intervinientes, “desde el primero, quien toma conocimiento de todo esto”. Y a continuación emitieron un exhorto diplomático para que Estados Unidos responda respecto de la empresa que emitió la factura, un trámite por demás complejo.
El trámite judicial para solicitar información a otro país prevé la elaboración de un pedido o exhorto diplomático, que pasa por varias instancias para finalmente, después de ser traducido al inglés, el Ministerio de Relaciones Exteriores de la Nación lo gestiona de país a país. “Estamos un poco atados con esa prueba, pero eso no nos impide seguir avanzando” se explayó la magistrada.
La conexión local
En cuanto a la empresa local, KMG, informó que, sujeta a la investigación, ya se presentó en el expediente para acceder a su derecho de defensa, a la espera de si se los invoca o no a los integrantes a indagatoria, como próximo paso procesal a tomar. Lo que sí se hizo fue inmediatamente bloquear la clave única tributaria de la compañía como medida preventiva “para evitar que se produzcan, ante las sospechas, futuras operaciones”.
Señaló que, como parte de la instrucción, se solicitó a la Aduana investigar despachos anteriores en busca de alguno similar en cuanto a montos transferidos, de aproximadamente 1,5 millones de dólares, con resultado a priori negativo.
En cuanto a los allanamientos en los domicilios de los despachantes de aduana, los justificó en el hecho de ser ellos auxiliares del servicio aduanero: “Como tales, tienen el deber de decir verdad y clarificar. Ante la duda de ver que había mercadería retenida, el despachante tiene que operar, por lo que también se los involucra en el expediente de la causa. La responsabilidad la vamos a determinar en función de las pericias y del resto de la prueba”.
Las consecuencias
La Dra. Borruto esbozó una explicación sumamente eficaz para apreciar el tenor del delito que se investiga y la minuciosidad que requiere la investigación a su cargo: “Tener una empresa en otro país no es un delito. Comprar tercerizando tampoco es un delito. Que el importador y el exportador sea el mismo, tampoco es un delito. Pero cuando uno declara una mercadería e ingresa otra, recién ahí se abre la instrucción para investigar la posibilidad de que se haya cometido el delito de contrabando”.
Contrabando es un delito especial dentro del código aduanero, cuando se trata de engañar al servicio aduanero introduciendo una mercadería por otra. Pueden suceder, y han sucedido, casos de equivocaciones, que cuando ocurren se hace un descargo en la Aduana que puede tramitar como infracción. “En este caso concreto, la mercadería venía declarada con un tipo de posición arancelaria y cuando se controló era otra” aclaró Borruto.
El grave delito puede conllevar para quienes sean hallados culpables penas de prisión efectiva o en suspenso, mientras que para la persona jurídica las consecuencias son económicas afectando el patrimonio.
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