La Legislatura provincial giró a las comisiones de Legislación General N° 1 y de Economía N° 2, el proyecto de Ley interbloque que propone la creación de la defensoría de niñas, niños y adolescentes, asunto N° 236/22. La propuesta es acompañada por los bloques de la UCR; MPF; FdT-PJ; FORJA y JP.
El “objetivo primordial es velar por el cumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño tal como fue consagrado en nuestra Constitución Nacional en su artículo 75 inciso 22”, señala el proyecto. Se trata de un órgano independiente de los tres poderes del Estado.
La iniciativa hace un racconto del plexo normativo nacional y provincial en materia de minoridad, en particular sobre la Ley provincial N° 521 – Protección integral de los derechos de niños, niñas, adolescentes y sus familias. También refiere a la Ley provincial N° 110 de creación del sistema judicial fueguino, cuando da jurisdicción a los juzgados de minoridad y Familia.
También recuerda que en 2005 se promulgó la Ley nacional N° 26061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, y crea un sistema, en la jurisdicción nacional, de similares características al que dispone la Ley local, en cuanto a la definición de los órganos administrativos de protección de derechos.
El proyecto de Ley establece los objetivos y funciones; la realización de informes a cada período legislativo; la integración de un defensor y 3 adjuntos; los requisitos para integrarlo; la duración en sus cargos; la designación mediante tribunal Ad Hoc; la remuneración; las incompatibilidades para integrarlo; el cese en sus funciones y presupuesto, entre otros puntos.
Asimismo, determina en el texto propuesto, que la Presidencia de la Legislatura “procederá a constituir el tribunal Ad Hoc que tendrá a su cargo el concurso de antecedentes y oposición para la selección del Defensor y los Defensores Adjuntos”
Entre los objetivos puntuales que persigue la normativa, se encuentran: La protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que se encuentren en el territorio de la Provincia, para garantizar el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de aquellos derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico local, nacional y en los tratados internacionales en los que la Nación sea parte; coordinar acciones con la Defensoría Nacional de niñas, niños y adolescentes con efectos en la población de la Provincia; actuar en forma coordinada y conjunta con las instituciones provinciales y municipales vinculadas a las niñas, niños y adolescentes; intervenir en casos en los cuales no se haya obtenido respuesta en los ámbitos administrativos creados por la Ley provincial N° 521.
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