En declaraciones a ((La 97)) Radio Fueguina, Mansilla informó que “en caso de las pensiones que otorga ANSES, que son las pensiones por fallecimiento, ya sea de un trabajador o de un jubilado de nuestra caja, es muy importante que tengan el vínculo actualizado”.
La funcionaria sostuvo que “si estaban casados tienen que traer el acta de matrimonio actualizada, o alguna prueba en el caso de que no lo tengan y eran estaban en convivencia”. Amplió que “pueden traer pruebas que demuestren que estaban juntos al momento de la defunción del otro conviviente y con ello ya se puede iniciar el trámite de la pensión, siempre y cuando el trabajador sea con la regularidad de aportes o el jubilado haya sido de nuestra caja”.
“Lo más importante es el acta de matrimonio actualizada o pruebas en caso de que hayan sido convivientes, es decir concubinato y no algo legal que se pueda actualizar como un acta matrimonio, que pueden ser, por ejemplo, hijos en común, algunos servicios que estén a nombre de ambos y sea el mismo domicilio, que los documentos tengan los mismos domicilios, esas son distintas pruebas que pueden acreditar el vínculo y generarles derecho de pensión por fallecimiento a la otra persona”, detalló Mansilla en diálogo con Marita Romero, durante el programa radial “Un Gran Día”.
“Podemos tener algunas nociones especiales, como las pensiones no contributivas, sabemos que existen otros tipos de pensiones, pero sabemos que en el ámbito de ANSES hay algunas en particular que se inician acá, como son las pensiones de madre de 7 hijos y por otro lado las pensiones no contributivas por invalidez, que iniciamos nosotros y determina el derecho Desarrollo Social”, expuso la funcionaria, y añadió que “ANSES es un ente que acompaña al beneficiario a llevar adelante y mandar todo los papeles para que puedan determinar”.
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