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Qué dice el DNU

Las fábricas que podrán trabajar, en el marco de las restricciones

Sólo podrán tener actividad las industrias ligadas a la cadena alimentaria o rubros de exportación. Entre ellas se incluyen Río Chico, Tecnomyl y autopartistas.

El Gobierno de la Provincia informó que la actividad industrial se desempeñará de acuerdo a lo establecido en el Decreto de Necesidad y Urgencia de la Nación. Para ello, desde el Ministerio de Producción y Ambiente se están manteniendo conversaciones con las cámaras industriales y representantes de los gremios.

En ese sentido, el Secretario de Industria y Promoción Económica, Juan Ignacio García, explicó que en base a la normativa nacional vigente desde este sábado 22 y hasta el próximo 30 de mayo, inclusive, el DNU establece algunas excepciones para el sector industrial, donde “algunas actividades no tendrán mayores restricciones y otras no podrán desarrollar su producción”.

En primera instancia comentó que “estamos teniendo comunicaciones a través de la Unión Industrial Fueguina, CAFIN y AFARTE y representantes de los gremios para informar sobre el alcance del Decreto de Necesidad y Urgencia”.

“Las excepciones que se establecen para la cadena de abastecimiento de la industria alimenticia implica que la industria plástica va a seguir operando” indicó y aclaró que también podría funcionar debido a que “tiene procesos continuos y esta situación las habilita para seguir operativas”. Especificó que “Tecnomyl también es parte de la cadena de valor e insumos de la industria de la alimentación”.

Respecto al autopartismo aseguró que “son parte de la cadena automotriz que exporta a terceros países, por lo que también están habilitadas para seguir operando”. Además señaló que “también podrán funcionar las empresas que procesan residuos sólidos urbanos, es decir que muchas de las recicladoras que están en las dos ciudades cuentan este marco legal que les permite seguir operando”.

Por otra parte, dijo que “en el caso de las textiles y confeccionistas hay situaciones específicas que deben analizarse en función del destino de su producción, ya que algunas producen insumos para el sector de la salud y otras pueden tener particularidades en sus procesos continuos que deban ser consideradas”.

“Algunas de las telas que se fabrican están destinadas a barbijos u otros insumos del sistema sanitario, igual que algunas confecciones, como sábanas o camisolines” agregó y reiteró que las empresas textiles que mantienen procesos continuos, cuya detención presenta serias consecuencias económicas, están contempladas en el DNU y en este caso hay que analizar los casos puntuales”.

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