En un primer momento, cuando esta posibilidad era apenas un trascendido, se interpretó que la medida privilegiaba a Aerolíneas Argentinas por encima de la competencia. Sin embargo, las otras líneas aéreas todavía no están en condiciones de confirmar que hayan sido perjudicadas. Todas esperan conocer la letra chica de la reglamentación de la ley, que ayer fue promulgada, para ver cuál es su condición frente al impuesto. Las que formaron sociedades en Argentina suponen que quedarán al margen del recargo. Pero las compañías internacionales que no tienen sociedades radicadas en el país se verán afectadas, ya que quien les compre un pasaje tendrá que pagar un sobreprecio de 30 por ciento.El viernes pasado, cuando se aprobó la ley en la Cámara baja, el diputado de Juntos para el Cambio Luciano Laspina informó que “en la votación se exceptuó del nuevo impuesto del 30% al transporte internacional (aéreo, terrestre y por vía acuática) abonado en pesos y que no tenga impacto cambiario. Gran noticia para Aerolíneas Argentinas y sus clientes que tendrán una ventaja impositiva enorme. Algo es algo”.
La condición para pagar el impuesto es “en la medida en que para la cancelación de la operación deba accederse al Mercado Único y Libre de Cambios a los efectos de adquisición de las divisas”, aclara el texto de la ley promulgada.
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