Camuzzi Gas informó a la comunidad que, en el marco de lo dispuesto por la Secretaria de Gobierno de Energía de la Nación, se han instrumentado cambios en el procedimiento para acceder a la Tarifa Social.
A partir del 01 de julio del corriente, todas las nuevas solicitudes deberán ser cursadas a través del sitio web de la Administradora Nacional de la Seguridad Social (www.anses.gob.ar).
Para ello, los usuarios deberán ingresar con su número de CUIL y su correspondiente clave de la seguridad social. Esta clave es de uso personal, intransferible y permite efectuar distintos trámites de manera segura en la web de ANSES.
Es importante aclarar que aquellos usuarios que ya cuentan con Tarifa Social no deberán hacer ningún trámite adicional.
¿QUIÉNES PUEDEN ACCEDER A LA TARIFA SOCIAL?
- Jubilados y pensionados.
- Trabajadores en relación de dependencia.
- Trabajadores monotributistas.
- Personas que cobren programas sociales.
- Empleados del servicio doméstico.
- Monotributistas sociales.
- Personas que cobran la Prestación por Desempleo.
- Personas que cobran la Pensión Honorífica para Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur.
- Personas que cobran una Pensión no Contributiva.
- Titulares del servicio que cuenten con el Certificado Único de Discapacidad (CUD).
Para poder acceder a la Tarifa Social los interesados deberán:
- Tener actualizados los datos personales y del grupo familiar (padre/madre-hijo/tenencia y cónyuge/conviviente) en ANSES.
- Ser titular del servicio de gas natural. Si el usuario no tuviera la factura a su nombre, podrá solicitar la Tarifa Social provisoria y tendrá 3 meses para actualizar la titularidad del servicio.
- Los integrantes del grupo familiar no pueden tener más de un medidor de gas a su nombre.
- El ingreso del titular del servicio de gas no debe superar 2 salarios mínimos, vitales y móviles (actualmente cada uno es de $12.500). Se consideran los ingresos brutos (sin descuentos). No se sumarán los ingresos correspondientes a la Pensión Honorífica para Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur, a programas sociales, al régimen especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico y a la Prestación por Desempleo.
- Poseer un vehículo con menos de 10 años de antigüedad (este requisito no aplica para las personas que tengan emitido un certificado de discapacidad).
- Poseer más de un inmueble.
- Poseer aeronaves y/o embarcaciones de lujo.
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