La Comisión de Seguridad Interior de la Cámara de Diputados emitió este martes dictamen de mayoría sobre un proyecto de ley para regularizar la circulación de cuatriciclos y triciclos motorizados. Ahora, la iniciativa deberá ser analizada por la Comisión de Transportes.
El texto, que surgió de una unificación entre propuestas de los legisladores Guillermo Montenegro (Pro) y Luis Petri (UCR), introduce modificaciones en la Ley de Tránsito (24.449) con el fin de contemplar a estos vehículos, ausentes actualmente en la normativa.
En el proyecto se define como cuatriciclo al “automotor todo terreno de cuatro ruedas, manubrio, asiento tipo tándem, destinado al transporte de personas, con una cilindrada igual o superior a 50 centímetros cúbicos y cuya masa en vacío es inferior a 500 kilogramos”.
Según el texto, al que accedió parlamentario.com, para manejar este tipo de vehículos se deberá contar con licencia de conducir “clase A”. Asimismo, los cuatriciclos tendrán que poseer faros delanteros, luz para la patente trasera y luces intermitentes de emergencia, que incluye a todos los indicadores de giro.
Al igual que las motos, para poder circular sus ocupantes estarán obligados a llevar puestos cascos normalizados. En tanto, quedará prohibido conducirlos teniendo “una alcoholemia superior a 200 miligramos por litro de sangre” y se señala que la velocidad máxima permitida “será siempre de 50 km/h”.
“Los cuatriciclos y triciclos motorizados deberán inscribirse en el registro de la propiedad automotor, rigiendo a tal efecto las disposiciones relativas a las motocicletas para su transferencia e inscripción dominial”, reza uno de los artículos y, finalmente, se invita a las provincias a adherir a la norma.
(Fuente: Parlamentario.com)
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