La Legislatura de la provincia de Tierra del Fuego aprobó el proyecto que obliga a someterse a un test de drogas ilegales a todos los funcionarios públicos, de los tres poderes de la Provincia.
El proyecto, aprobado con 12 votos, establece como requisito insalvable de permanencia en los niveles políticos de la función pública, el carecer de adicción a drogas ilegales
La iniciativa de todos los bloques, que fue tratada sobre tablas, tiene alcance para los representantes de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
Al respecto por las objeciones basadas en el derecho a la privacidad de las personas, el proyecto, en sus considerandos, apunta que “el interés de la sociedad está muy por encima de sus derechos personalísimos”.
“Sabemos que quien consume drogas ilegales, de manera previa ingresa a ser parte de su proceso de comercialización, viciado de ilegalidad que va de bruces contra su desempeño laboral”, argumenta.
Los alcances de la ley comprende todos los cargos desde el Gobernador hasta el nivel de subsecretarías, en el Poder Ejecutivo, en tanto que en el Legislativo obliga desde los legisladores hasta los subsecretarios de Despacho.
Abarca también a funcionarios de entes descentralizados y ámbito de la Policía. En tanto que se invita a los municipios a «adherir a la presente ley y a fijar el marco jurídico».
El proyecto establece que «todos los funcionarios comprendidos en el ámbito de la presente ley deberán realizarse con carácter de obligatorio el examen de detección de metabólicos de drogas en orina».
En caso de que el resultado arroje resultados positivos, habrá una contrapueba. Sin embargo, en caso de que se detecten nuevamente sustancias prohibidas, el funcionario designado será cesanteado y, si ha sido electo, será suspendida su asunción y se revocará su mandato.
Los análisis se realizarán en un plazo de cuatro meses desde la puesta en vigencia de la presente ley (que aún debe reglamentarse) y deberán repetirse cada un año.
Ahora, resta que la gobernadora Rosana Bertone le de el visto bueno al proyecto y lo promulgue para que el mismo entre en vigencia.
Acerca de la puesta en práctica
Artículo 4°.- Todos los funcionarios comprendidos en el ámbito de aplicación de la presente ley, deberán realizarse con carácter de obligatorio el examen de detección de metabólicos de drogas en orina (DDO) en dos (2) muestras Identificadas como Frasco A y Frasco B. las que deberán ser selladas.
Tal examen deberá realizarse en un plazo de cuatro (4) meses de la puesta en vigencia de la presente ley con periodicidad de un (1) año. Este procedimiento podrá ser reemplazado por otros exámenes médicos y/o bioquímicos, en función de su mayor precisión y efectividad.
Artículo 6°.– Si se detectare la presencia de metabólicos de drogas ilegales se procederá del siguiente modo:
- a) Funcionario designado: es causal de cese en la función pública;
- b) Funcionario electo: se ejecutará la suspensión o la revocación del mandato sujeto al procedimiento previsto por la Constitución Provincial.
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