El Juzgado Federal de Dolores, a cargo de Alejo Ramos Padilla, resolvió este lunes hacer lugar a un amparo colectivo presentado por la Asociación Consumidores Argentinos y dispuso una medida cautelar para que «todas las prestatarias del servicio de gas del país se abstengan de llevar adelante cualquier corte o suspensión del servicio de gas a partir del día de la fecha derivado de la falta de pago».
En la presentación judicial realizada por los apoderados de Consumidores Argentinos, José Elvis Toto y Gustavo Luis Aballar Stiep, solicitaron «la inconstitucionalidad y la nulidad de los aumentos de gas (…) por falta de audiencia pública».
Reclamaron además la suspensión de la aplicación del nuevo cuadro tarifario y que se ordene a las distribuidoreas de gas de todo el país retrotraer el precio de gas en el punto de ingreso al sistema de transporte a los valores anteriores al 1° de abril de 2018.
También reclamaron que las empresas se abstengan de cobrar los valores establecidos en el último tarifazo y que devuelvan los montos mal facturados en aquellos casos en que los usuarios ya hubieren pagado las facturas con los aumentos.
La justicia no hizo lugar a ninguna de estas peticiones hasta tanto se le dé la posibilidad al Estado de responder aunque sí, asegura, «se habrá de dictar una medida cautelar interina -distinta a la peticionada- que considero indispensable a los fines de garantizar elementales situaciones vinculadas al acceso a este servicio público y -de este modo- proteger a los sectores más vulnerables que se pudieron haber visto afectados por el posible actuar ilegítimo del Estado».
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