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La carga de crédito en los celulares deberá durar al menos 180 días

Así lo dispone la nueva reglamentación que regula a la telefonía móvil. La normativa comenzó a regir ayer y también es para la televisión.

Hay buenas noticias para quienes a diario utilizan el servicio de telefonía celular. Es que la Dirección de Defensa del Consumidor informó que comenzó a regir una nueva reglamentación que contempla una serie de mejoras en la información sobre los costos y las condiciones de los planes. La normativa, también es extensiva para telefonía fija, televisión de cable y fija.

Es un nuevo reglamento que los operadores de todo el país deben cumplir y que tiene al Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) como órgano de aplicación para el trámite de los reclamos y denuncias por incumplimientos.

«Es la primera vez que los usuarios van a poder ver con claridad cuáles son sus derechos», explicó Mónica Nofal de la Dirección de Defensa del Consumidor.

«Las quejas ante el inclumplimento de alguno de los puntos debe ser con el Enacom. Ocurre que antes esta entidad no tenía servicio de atención al público y se derivaba a Defensa al Consumidor. De todas maneras siempre trabajamos en forma conjunta», agregó la funcionaria.

Vale aclarar que la resolución salió hace aproximadamente un mes y las empresas tuvieron ese tiempo para adecuarse a la nueva norma. «Las empresas están al tanto de que su servicio es uno de los más denunciados por los usuarios. En este tiempo, hasta la reglamentación tuvieron tiempo de ponerse al día con el reglamento», aseguró Nofal.

Puntualmente, se trata del Reglamento de Clientes de los Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) y establece ocho derechos que deben respetar las empresas operadoras del servicio de telefonía móvil, fija y las empresas de internet y TV por abono:

-Extensión de la recarga: la carga de crédito deberá durar al menos 180 días (6 meses).

-Reclamos: las empresas deberán dejar un detalle escrito de las gestiones o quejas que realicen los clientes.

-Devolución con intereses: si la compañía cobrara de más, deberá devolver el dinero más los intereses.

-Simulacro on-line: los usuarios podrán comparar los planes en los sitios de internet oficiales de las empresas para poder elegir el más conveniente, según sus posibilidades económicas y necesidades personales o laborales. En las páginas de esas empresas deberá figurar toda la información para poder simular los costos.

-Cambio de plan: cuando el cliente acepte un cambio, deberá recibir toda la información por escrito.

-Suscripciones: no podrá haber suscripciones si el cliente no las solicitó expresamente.

-Servicio mínimo de calidad: si una empresa no cumple con los niveles mínimos de calidad, deberá entonces pagar una compensación económica. Es importante señalar que este punto aún no se encuentra debidamente reglamentado, por lo que no está definida la modalidad de compensación para el usuario.

-Factura: si el cliente no recibe ese comprobante 10 días antes del vencimiento, la compañía no podrá cobrar intereses punitorios ni suspender la línea.

Por reclamos y denuncias

Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom)

A través del sitio de Enacom:

www.enacom.gob.ar/problemas-con-el-servicio-reclamos-telefonia-movil_p89

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