La Corte Suprema de Justicia resolvió que solo los gremios tienen el derecho de promover huelgas y que los grupos informales de trabajadores no pueden promover medidas de fuerza, en un fallo dictado en la causa “Orellano, Francisco Daniel c/Correo Oficial de la República Argentina S.A.”.
Consultado por Radio Fueguina, el abogado penalista Francisco “Paco” Giménez sostuvo que se trata de un fallo que “viene a organizar situaciones anómalas” que se vivían no sólo en el plano nacional, sino también en la propia provincia, donde “se reunían diez personas y querían hablar en nombre del pueblo”.
Este fallo, en su opinión, “fortalece a las tres CGT y debilita a las organizaciones nucleadas en la CTA”, así como también a “aquellas que van por fuera de las estructuras sindicales reconocidas”. A su vez, analizó que “se fortalece al empleador al darle un interlocutor válido”, que en este caso será el representante gremial de un sindicato con personería.
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