Bajo la presidencia del Juez del Superior Tribunal de Justicia, Doctor Carlo Gonzalo Sagastume, el Consejo de la Magistratura sesionó por primera vez este jueves, tras la finalización de la feria judicial, con una variada agenda de temas.
A la sesión asistieron el Vicepresidente del CM, Doctor Virgilio Juan Martínez de Sucre, el ministro de Jefatura de Gabinete, Sergio Araque, los legisladores Fabio Marinello y Jorge Lechman, y los representantes de los colegios de abogados de Río Grande y Ushuaia, José Rodas Fernández, y Federico Bilota Ivandic, respectivamente.
Luego de dar lectura a los temas que integraban el orden del día, los consejeros resolvieron posponer el tratamiento de los temas 1 y 2 para la próxima sesión, consistentes en los concursos para cubrir un cargo de Juez de Primera Instancia del Juzgado de Ejecución y de Juez de Primera Instancia del Juzgado de Instrucción N° 2, ambos para el Distrito Judicial Norte.
También, se abordó el tema 3 sobre Expte. N°85/15: “Reyes, Matilde Angélica c/Agente Fiscal del Distrito Judicial Norte Dr. Jorge López Oribe s/Denuncia”, y previo a analizar el alcance de la presentación, se dispuso que por secretaria se soliciten los expedientes judiciales.
Por último, los consejeros dieron tratamiento al tema 4 referido a la presentación realizada por la señora Angélica del Carmen Mancilla, en la que se tomó conocimiento de la denuncia formulada respecto de la intervención que le cupo al Doctor Virgilio Martínez de Sucre en su carácter de Fiscal de Estado de la Provincia, en autos caratulados “Transporte Roanmat SRL c/ Gobierno de la Provincia s/ Consignación”, radicado ante el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial N° 1 del Distrito Judicial Norte, y “Transporte Roanmat SRL c/ Provincia de TDF s/ Contencioso administrativo”, iniciado ante el Superior Tribunal de Justicia.
En consecuencia, teniendo presente lo dispuesto en los artículos 162 y 167 de la Constitución Provincial, los consejeros resolvieron por unanimidad, a excepción del Doctor Martínez de Sucre –quien no participó del tratamiento del tema por encontrarse alcanzado por las generales de la ley-, declarar la incompetencia en razón de la materia de este Consejo para entender en las presentes actuaciones y disponer su archivo.
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