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Reconocen que se violó la Carta Orgánica de Ushuaia

La Junta Electoral aprobó el resultado de las preferencias sin atender al cupo por género exigido legalmente. Un integrante de la Junta Electoral aceptó que la integración “contradice” la Carta Orgánica.

La violación de la Carta Orgánica de Ushuaia en la elección de concejales, denunciada por radiofueguina.com, se convirtió en tema de debate por estas horas en la capital provincial, aunque todos parecen impulsados a justificar (o dejar pasar) la ilegalidad, sin admitir que debió resolverse de otro modo.

El integrante de la Junta Electoral Guillermo Worman realizó hoy polémicas declaraciones (reflejadas por el portal sur54) por las cuales reconoce “no estar de acuerdo” con que no haya representación femenina en el Concejo, aunque se cuidó de no aceptar culpa alguna en la conflictiva resolución del tema.

Según el portal, Worman admitió que «No estoy de acuerdo con que las mujeres no estén representadas”, aunque culpando de ello a una supuesta mala redacción de la Carta Orgánica. “La Carta Orgánica tiene un espíritu contradictorio –apunta- por un lado se les garantiza un piso de participación y luego la preferencia facilita sin restricciones este tipo de cosas, un Concejo íntegramente masculino».

Definitivamente, esto no es así. De ningún modo la Carta Orgánica se contradice a sí misma, Worman miente o se equivoca al aseverarlo.

La contradicción se asienta en el Régimen Electoral de Ushuaia -al que Worman omite mencionar en su análisis- que fuera dictado un año después de la jura de la Constitución Municipal, por Ordenanza N° 2578 del 11/06/2003.

En virtud de ello, ya no podemos hablar livianamente de “contradicción”: estamos frente a una sencilla y clara expresión de inconstitucionalidad que debe ser denunciada como tal y declarar nulo todo lo actuado, dispuesto, dictado o sancionado en base a ella.

Los artículos 36 y 37 del Régimen Electoral son inconstitucionales y Worman lo sabe, aunque prefiera la utilización de eufemismos que lo alejen de la culpa.

Cualquier ciudadano puede denunciar esta ilegalidad. Era de esperar que así lo hicieran las propias perjudicadas, aunque se priven de hacerlo por obediencia partidaria o la razón que fuere. Pero nada mengua la responsabilidad de los integrantes de la Junta Electoral o del propio Juez Electoral que, antes de consagrar a los electos debieran hacerse cargo de que están a tiempo de evitar la injusticia denunciando la ilegalidad puesta al descubierto.

Ninguna norma puede “contradecir” a una Constitución, la Carta Orgánica Municipal está por encima de cualquier ordenanza y nada justifica que se violen sus preceptos a partir de una supuesta “contradicción”. Resulta vergonzoso admitir que se cayó en la ilegalidad pero «merece ser revisado para que no vuelva a suceder”. En materia de leyes, los errores no existen. Estamos hablando, lisa y llanamente, de ilegalidad y no respetar el cupo femenino es aceptar que una ordenanza está por encima de la Carta Orgánica.

Nadie que actúe en política puede permitirse tamaño gesto de ignorancia, fingida o no.

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