Se sustituye la pena privativa de libertad impuesta a Pablo Andrés Gómez, en la sentencia dictada por este Tribunal con fecha 28 de octubre de 2014, por la de expulsión del territorio nacional de Chile. Gómez fue interceptado en Monte Aymond con 47 kilos de drogas.
“Se sustituye la pena privativa de libertad impuesta a Pablo Andrés Gómez, en la sentencia dictada por este Tribunal con fecha 28 de octubre de 2014, por la de expulsión del territorio nacional”, reza parte de la resolución emanada ayer desde el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas, confirmando que el ciudadano argentino, condenado por el ingreso de 47 kilos de droga a la región en mayo pasado, deberá hacer abandono del país.
De esta manera concluyó la causa del camionero bonaerense, quien fue aprehendido la tarde del 14 de mayo del presente año en el paso fronterizo de Monte Aymond, en medio de un operativo encabezado por personal de Aduanas, que detectó ciertas anomalías en la máquina que guiaba, encontrando oculta la droga entre los colchones que transportaba en el acoplado, cocaína y marihuana que fue avaluada en 650 millones de pesos.
El pasado 28 de octubre se conoció la sentencia de 5 años de cárcel que impuso el tribunal en su contra, lo que le permitía optar al cumplimiento de sentencia, según tratados internacionales, por medio de la expulsión del territorio, solicitud que hizo el defensor Cristián Opazo, fundamentando que se reunían los requisitos legales para dicha alternativa, argumentando, además, temas familiares, al tener el condenado una pequeña hija de 6 meses aguardándole en su hogar del vecino país.
Dichos antecedentes fueron acogidos por los jueces del Tribunal de Juicio Oral, ordenando dar cumplimiento al decreto firmado por el Ministerio del Interior, fijando como plazo abril de 2015 para que, desde Argentina, Gómez cancele la multa a la que además fue sentenciado, cercana a los 450 mil pesos.
Conforme al fallo, el sentenciado aludido no podrá regresar al territorio nacional en un plazo de 10 años, contados desde la fecha de la sustitución de la pena y, en caso que el sentenciado regrese a Chile dentro del plazo señalado precedentemente, se procederá a revocar la expulsión, debiendo cumplir con cárcel el saldo de la pena impuesta.
Restaría sólo oficiar al Departamento de Extranjería de la PDI (lo que hasta la tarde de ayer no ocurría) para gestionar la escolta a frontera del condenado, para que haga abandono efectivo del territorio nacional, mientras, se mantendrá en custodia de Gendarmería.
Fuente: La prensa Austral
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