(Buenos Aires, mayo 5 de 2011) – La ley que regula el sistema de prepagas fue aprobada ayer por amplia mayoría en el Congreso.
Votada originariamente en la Cámara de Diputados por unanimidad y modificada este año en el Senado con el acuerdo de todos los bloques, obtuvo ayer 190 votos a favor, ninguno en contra y 29 abstenciones, en su mayoría de miembros de Pro y de la Coalición Cívica (CC).
La reforma contempla nuevos beneficios para los usuarios, pero es fuertemente resistida por las empresas más grandes del sector. En 31 artículos, la ley introduce estas modificaciones:
* Obliga a las empresas a cubrir planes de cobertura médico-asistencial, el Programa Médico Obligatorio (PMO) y el sistema con prestaciones básicas para personas con discapacidad.
* Las prestaciones de las empresas no podrán ser inferiores al PMO.
* Los contratos de prestaciones deben ser autorizados por el Ministerio de Salud y los usuarios pueden rescindirlos en cualquier momento.
* La edad no puede ser un criterio de rechazo de admisiones.
* Las empresas no pueden rechazar la afiliación de personas con enfermedades preexistentes, pero sí aplicar valores diferenciales debidamente justificados y autorizados.
* A los mayores de 65 años, con diez años de antigüedad en la cobertura, no se les puede aumentar la cuota.
* Se impondrían mecanismos para que desde el Gobierno se autorice o no el aumento de las cuotas.
* Los contratos entre las empresas y los usuarios no pueden incluir períodos de carencia o espera para todas aquellas prestaciones que se encuentran incluidas en el PMO.