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El Gobierno, salvavidas empresarial

Recientemente trascendió la decisión judicial de ratificar la expropiación de la ex Aurora a manos de sus empleados. Sin embargo, especialistas indican que ese tipo de fallos conspiran contra la letra de la ley de concursos al apartarse del procedimiento allí establecido.

Esta semana trascendió que la Justicia de Tierra del Fuego validó la expropiación definitiva de la ex empresa de electrodomésticos Aurora a favor de sus empleados.

La sentencia constituye un disparador sobre la legitimidad de la forma en que los trabajadores adquieren la propiedad de la empresa.

Especialistas indican que este tipo de fallos conspiran contra la letra de la ley de concursos, al apartase del procedimiento allí establecido.

La Ley 24.522, de concursos y quiebras, establece procedimientos por los cuales -en algunas oportunidades- la empresa puede ser vendida en funcionamiento, con la conservación de los puestos de trabajo a favor de los empleados.

Sin embargo, y para el caso de no poder aplicarse estos procedimientos los trabajadores recurren a soluciones alternativas: se presentan en las legislaturas provinciales, solicitando que se dicte la expropiación de la empresa en quiebra, para que luego ésta les sea transferida bajo su control.

Esto ocasiona inconvenientes a los jueces comerciales que intervienen en los procesos de quiebras, ya que deben ponderar la legitimidad de la ley de expropiación y resolver los planteos formulados por los síndicos, quienes argumentan la inconstitucionalidad de esas leyes.

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Qué dice la ley

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La ley 24522 regula el procedimiento de “cramdown”. Este proceso permite que terceros interesados y acreedores formulen ofertas de adquisición de la empresa si ésta no consigue arribar a un acuerdo preventivo con sus acreedores.

De esta manera, el procedimiento de cramdown funciona como una instancia previa a la declaración de quiebra de la empresa.

En este procedimiento, las cooperativas de trabajadores podrían participar para la adquisición de la empresa en los términos y cauces previstos en la ley.

Sin embargo, los abogados que asesoran a las compañías aseguran que ningún acreedor validaría una propuesta de la cooperativa de los trabajadores debido a las dificultades de capital y financiamiento que presentan esas organizaciones.

Por otra parte, la ley de también establece la quiebra con continuidad.

Esta figura posibilita que en algunas situaciones la empresa pueda ser vendida en funcionamiento, con la conservación de los puestos de trabajo a favor de los trabajadores.

Sin embargo esta posibilidad requiere la intervención activa del juez y del síndico, quienes, según los abogados, deben controlar activamente el funcionamiento de la empresa en producción.

Frente a las dificultades prácticas que conllevan estos dos caminos, los trabajadores a veces optan por la toma de la empresa y la posibilidad de que luego la legislatura provincial dicte su expropiación, para colocarla bajo su dirección, tal como aconteció con la ex Aurora.

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Esta información puede ser consultado en: http://abogados.infobaeprofesional.com/notas/59898-Que-ocurre-cuando-la-Justicia-valida-salvatajes-de-empresas.html&cookie< ?xml:namespace prefix = o ns = "urn:schemas-microsoft-com:office:office" />