Publicado en

Gils Carbó dictaminó que la Ley de Medios es constitucional

La Procuradora General de la Nación consideró que la ley fue aprobada en el Congreso Nacional en octubre de 2009 tras un «debate amplio y participativo».

La Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, se pronunció hoy a favor de la constitucionalidad de la Ley de Medios y pidió a la Corte Suprema de Justicia que revoque fallo de la Cámara Civil y Comercial Federal que había invalidado parcialmente la norma.

Mediante un dictamen presentado ante la Corte, Gils Carbó consideró que la ley fue aprobada en el Congreso Nacional en octubre de 2009 tras un «debate amplio y participativo», al tiempo que destacó que la concentración de licencias «pone en peligro la vigencia efectiva de derechos fundamentales».

Ahora, tras la feria judicial que se inicia el próximo lunes y se extiende por dos semanas, quedará en poder de la Corte Suprema definir sobre la constitucionalidad o no de la ley, cuyos principales artículos fueron objetados por el Grupo Clarín.

Gils Carbó aseguró que la Ley 26.522 «procura el desarrollo de mecanismos destinados a la promoción, desconcentración y fomento de la competencia de los servicios de comunicación audiovisual con el fin último de abaratar, democratizar y universalizar el aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación».

Además, la Procuradora recordó que la norma se propuso desde su origen como «un instrumento fundamental para el desarrollo sociocultural de la población, por el que se exterioriza el derecho humano de expresar, recibir, difundir e investigar informaciones, ideas y opiniones», y consideró que los artículos cuestionados por el Grupo Clarín están «orientados a concretar esos fines».

El dictamen afirma que la sentencia dictada por la Cámara Civil y Comercial Federal, que declaró inconstitucionales partes de los artículos 45 y 48 -destinados a regular el régimen de multiplicidad de licencias-, «es el resultado de un apartamiento de los fines previstos por el legislador, que fueron sustituidos por el tribunal arrogándose facultades ajenas».

«Los jueces han incumplido su misión de dar pleno efecto a las normas vigentes sin sustituir al legislador, al juzgar sobre el mero acierto o conveniencia de las disposiciones que adoptó en el ejercicio de sus facultades propias», argumentó la Procuradora.

Además, sostuvo que la Cámara, en su sentencia, «asigna a la libertad de expresión un contenido decimonónico que se limita a prohibir la intervención del Estado en la esfera privada del individuo y relega la contracara de ese derecho que demanda una protección activa del Estado».

Comentarios